Queja por incumplimiento en los beneficios que corresponden a Personas con Discapacidad

Toda empresa proveedora de bienes o servicios que esté contemplada para brindar beneficios a las personas con discapacidad, está en la obligación de otorgar dichos beneficios conforme a lo estipulado en la presente Ley. Los consumidores pueden presentar sus reclamos a través de nuestros servicios en caso que las empresas se nieguen a brindarle el beneficio o no lo otorguen como corresponde por Ley.

Requisitos

Básicos

  • Constancia de su condición de Persona con Discapacidad.
    • Identificación que certifica que el querellente es una persona con discapacidad panameña o extranjera legalmente establecida en la República de Panamá. Esta condición debe estar certificada por la Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS).
  • Formulario de quejas (Ley 134).
    • Para presentar su reclamación es necesario que llene un formulario de quejas, en dónde aportará algunos detalles fundamentales de la misma tales como: nombre del comercio, dirección del comercio, beneficio que no le otorgaron y solicitud. Al momento de explicar su solicitud no puede utilizar en la redacción palabras tales como: robo, hurto, fraude y estafa.
  • Pruebas o evidencias.
    • Cualquier tipo de documento que sustente los hechos de su queja o alguna falta por parte de la empresa, tales como: fotografías, correos electrónicos, imágenes, facturas, reportes, entre otros. ACODECO sólo puede admitir documentos impresos. No se aceptan grabaciones de audio o video..

Observaciones

Este trámite sólo puede atenderse de manera personal, por ende, es necesario que se presente en nuestras oficinas con la documentación necesaria (ver requisitos).

Base legal

Ley 134 de 31 de diciembre de 2013 "Que establece la equiparación económica para las personas con discapacidad"

Localización

Dirección

Sede Central:Vista Hermosa, Plaza Córdoba, Local 6 Planta Baja.
Oficinas Regionales:En todas las provincias.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:50 pm.

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