Reasignación del Certificado de Operación por Defunción

Para realizar el trámite de Reasignación del Certificado de Operación (CO) perteneciente a una persona difunta, ya sea a un heredero o nuevo propietario.

Requisitos

Básicos

  • Fotocopia de la cédula de identidad personal, si es persona natural. Certificado de existencia y vigencia de la persona jurídica del concesionario, en caso de ser persona jurídica.
  • Carta Aval de la Organización a la que pertenece.
  • Fotocopia del documento que acredita el pago del impuesto de circulación municipal donde conste la inscripción el Certificado de Operación.
  • Fotocopia del registro único de propiedad vehicular a nombre del concesionario o Peticionario.
  • Certificación del ente crediticio, en casos en que existe hipoteca sobre el vehículo que va a amparar el certificado de operación.
  • Póliza de seguro vigente.
  • Copia de la Certificación del Registro Público actualizado, en caso de que el Certificado de Operación sea a nombre de una empresa. (VIGENCIA 6 MESES).
  • Resolución de Asesoría Legal de la A.T.T.T. donde se otorga el Certificado de Operación al heredero o nuevo propietario.

Observaciones

La Certificación de Registro Público tiene vigencia de seis (6) meses. Debe existir un Auto de adjudicación por parte del Juzgado Civil para que Asesoría Legal pueda emitir una Resolución. Con la Aprobación de la Oficina de Asesoría Legal, por favor diríjase a la ventanilla del Departamento de Registro de Documentos del Transporte Público. Costo del Trámite: B/. 10.00

Base legal

Decreto Ejecutivo 543 de octubre de 2003, gaceta 24, 906 de 10 de octubre de 2003.

Localización

Dirección

Sede Principal ubicada en el Centro Comercial Los Pueblos 2000 y 2001.
Teléfono/s: +(507) 502-0500, +(507) 502-0547, +(507) 502-0548, +(507) 502-0549, +(507) 502-0550

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:50 pm.

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