Recepción Declaración Jurada por Venta de Viviendas y Locales Comerciales Nuevos (Giro ordinario – formulario 107)

Requisitos

General

  • Declaración jurada mediante la cual señala que la venta está exenta del 2% por ser propiedades nuevas.
  • Copia del Pacto social.
  • Copia del aviso de operación vigente.
  • Permiso de construcción expedido a partir del 2010.
  • Permiso de ocupación dentro de los 2 años siguientes a la fecha de la expedición.
  • Minuta y/o contrato de compra y venta refrendada por el abogado, copia de la idoneidad y de la cédula y/o contrato de compra y venta firmado por las partes.
  • Copia de la cédula del Representante legal.
  • Poder notariado. Si el representante legal comparece con su abogado personalmente en las sedes de la DGI no requiere poder notariado.

Observaciones

Trámite gratuito. Esta solicitud puede ser realizada por internet o presencial en la sede y oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI)Para que la compraventa de viviendas o locales comerciales nuevos se encuentre exonerada del impuesto sobre la transferencia de bienes inmuebles, dos ciento (2%), las venta debe darse dentro de los dos (2) años a partir del permiso de ocupación y sea la primera inscripción en el Registro Público. De no cumplir con la venta de más de diez (10) viviendas o locales comerciales en el año precedente o en el año declarado, la compraventa estará sujeta al pago del tres por ciento (3%), sobre el valor total de la enajenación o valor catastral, cualquiera que sea mayor.

Base legal

Resolución No. 201-2579 del 3 de mayo del 2017

Localización

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:50 pm.

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