Registro de Adiciones o Modificaciones de Contratos y Demás Actos

La Oficina del Registro del Derecho de Autor y Derechos Conexos, adscrita a la Dirección General de Derecho de Autor, es la encargada de tramitar las solicitudes de inscripción de las obras protegidas, dando fe de la existencia de la obra y del hecho de su divulgación y publicación, y su finalidad es concederle a los titulares del derecho de autor y derechos conexos un medio de prueba y de publicidad a sus derechos.

Requisitos

Persona Natural

  • Cédula de identidad personal vigente.
  • Formulario de Registro de Adiciones o Modificaciones de Contratos y demás Actos.
    • Formulario de Registro de Adiciones o Modificaciones de Contratos y demás Actos
      (habilitado con B/.4.00 en timbres) debidamente llenado y firmado por el autor o el
      titular de derechos, a título personal o mediante abogado. En este último caso, el
      Poder deberá presentado personalmente por el poderdante o estar debidamente
      notariada la firma del mismo.
  • Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor.
    • Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor, deberá
      mencionarse su nombre o razón social, según el caso, aportando el documento
      mediante el cual adquirió tales derechos (artículo 48 del Decreto 261 de 1995).
  • Aportar copia simple del contrato o acto objeto registro.
  • Costo del trámite B/.5.00.
  • Otros costos.
    • Al momento de la notificación de la resolución que otorga el registro, deberán
      aportarse B/.2.00 en timbres para la resolución y B/.4.00 en timbres para la
      certificación que se expide.
  • Observaciones adicionales.
    • − En el caso de extranjero, deberá presentar su pasaporte y una copia del mismo.

      − En el caso de menores de edad, la solicitud deberá ser firmada por el padre
      responsable, adjuntando el certificado de nacimiento de menor.

      − En el caso de difuntos, la solicitud deberá ser firmada por el hijo(a)/esposo(a),
      adjuntando el certificado de defunción, nacimiento o matrimonio, según
      corresponda.

      − Toda gestión a través de pasantes, deberá ser autorizada por el abogado.

      − El formulario de inscripción de obras deberá ser llenado e impreso en páginas
      blancas, tamaño legal, para lo cual se recomienda configurar la impresora en el
      tamaño requerido.

Persona Jurídica

  • Poder otorgado a abogado, presentado personalmente por el poderdante o estar debidamente notariada la firma del mismo.
    • Poder otorgado a abogado, presentado personalmente por el poderdante o estar
      debidamente notariada la firma del mismo.
  • Formulario de Registro de Adiciones o Modificaciones de Contratos y demás Actos.
    • Formulario de Registro de Adiciones o Modificaciones de Contratos y demás Actos
      firmado por el Apoderado (habilitado con B/.4.00 en timbres).
  • Adjuntar el certificado de Registro Público vigente y original, en donde conste la existencia y representación legal.
    • Adjuntar el certificado de Registro Público vigente y original, en donde conste la
      existencia y representación legal.
  • Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor.
    • Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor, deberá
      mencionarse su nombre o razón social, según el caso, aportando el documento
      mediante el cual adquirió tales derechos (artículo 48 del Decreto 261 de 1995).
  • Aportar copia simple del contrato o acto objeto registro.
  • Costo del trámite B/.10.00.
  • Otros costos.
    • Al momento de la notificación de la resolución que otorga el registro, deberán
      aportarse B/.2.00 en timbres para la resolución y B/.4.00 en timbres para la
      certificación que se expide.
  • Observaciones adicionales.
    • − En el caso de extranjero, deberá presentar su pasaporte y una copia del mismo.

      − En el caso de menores de edad, la solicitud deberá ser firmada por el padre
      responsable, adjuntando el certificado de nacimiento de menor.

      − En el caso de difuntos, la solicitud deberá ser firmada por el hijo(a)/esposo(a),
      adjuntando el certificado de defunción, nacimiento o matrimonio, según
      corresponda.

      − Toda gestión a través de pasantes, deberá ser autorizada por el abogado.

      − El formulario de inscripción de obras deberá ser llenado e impreso en páginas
      blancas, tamaño legal, para lo cual se recomienda configurar la impresora en el
      tamaño requerido.

Base legal

− Ley 15 de 8 de agosto de 1994 sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos (Gaceta Oficial 22,598) − Decreto 261 de 3 de octubre de 1995 (Gaceta Oficial 22,907) − Ley 10 de 22 de febrero de 2011 (Gaceta Oficial 26,734-A) − Resuelto 962 de 28 de mayo de 2008 (Gaceta Oficial 26,103)

Localización

Dirección

Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, 2do. Piso

Apartado Postal: 9658 Zona 4, Panamá.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:52 pm.

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