Registro de los Custodios Locales Autorizados de Acciones al Portador (Abogados)

Registro especial para la inscripción de abogados que actuarán como custodios de certificados de acciones emitidas al portador.

Requisitos

Básicos

  • Presentar memorial donde conste:
    • Nombre completo
      Género
      Número de cédula
      Número de registro de idoneidad
      Domicilio
      Teléfono / Fax
      Correo electrónico
      Dirección física completa del lugar donde se mantendrá en resguardo los certificados de acciones emitidas al portado.
  • Copia simple de cédula de identidad personal.
  • Copia simple de Registro o Certificado de Idoneidad.
  • Recibo de agua, luz, teléfono o contrato de arrendamiento que acredite la dirección suministrada.

Observaciones

Todos los Custodios Autorizados registrados en la Sala Cuarta de Negocios Generales tienen la obligación de mantener la información antes solicitada actualizada; es decir, deben comunicar cualquier cambio en la razón social, dirección, representación legal, teléfono o correo electrónico suministrado con la solicitud de registro. (Artículo 10 de la Ley 47 de 2013)

Base legal

  • Ley 2 del 1 de febrero del 2011.
  • Ley 47 del 6 de agosto del 2013.
  • Ley 18 del 23 de abril del 2015.

Localización

Dirección

Ancón, Palacio de Justicia Gil Ponce. Telefono 212-7358.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:53 pm.

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