Registro de Transferencia de Permiso de Construcción

Para registrar la transferencia del Permiso de Construcción, el profesional idóneo responsable o empresa responsable deberá cumplir con los requisitos establecidos.

Requisitos

Particular

  • Presentar solicitud en hoja simple tamaño legal dirigida al Director de la DOYC.
    • En donde conste la identificación del permiso a transferir, la ubicación del proyecto y la autorización para el cambio del que lo solicitó originalmente y al que se le va a transferir, cuyas firmas deberán estar debidamente autenticadas.
  • Adjuntar documento que pruebe la anuncia del propietario o represente legal de la sociedad propietaria del proyecto.
  • Adjuntar el permiso de construcción original.
  • Transferencias de los permisos expedidos por DINASEPI del BCBRP y del Ministerio de Salud.
  • Certificado de Paz y Salvo Municipal del constructor o profesional responsable a quien se le transfiere el permiso de construcción.
  • Deberá adjuntarse igualmente copia de resolución vigente de la JTIA, en el caso de que la transferencia del permiso sea a una empresa constructora.
  • El interesado deberá obtener el Visto Bueno expedido por la Secretaría Técnica Legal de la DOYC.
    • El cual se otorgará cuando el propietario o interesado no tenga caso pendiente en dicho Departamento en el proyecto en el cual se solicita.
      Para los propósitos de este artículo, se considerará casos pendientes, la falta de atención de citas para audiencias, notificaciones y pago de multas.
      En aquellos casos en donde se haya interpuesto recursos legales y los mismos se encuentren pendientes de decisión por parte de la autoridad competente, no se negará el Visto Bueno solicitado.

Base legal

Capítulo XIII del Acuerdo No. 193 de 21 de diciembre de 2015.

Localización

Dirección

Dirección de Obras y Construcciones.

Edificio Hatillo, entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:53 pm.

Trámites Relacionados