Registro Especial de Navegación Temporal

Las naves de servicio internacional destinadas a desguace, viajes de entrega o cualquier otra modalidad de navegación temporal se podrán inscribir bajo un registro especial de hasta tres meses.

Requisitos

Básicos

  • Original del instrumento de designación del agente residente, el cual si se emite en el extranjero debe ser presentado debidamente autenticado.
    • (Cuando se haga en el Consulado, la Oficina Económica y Comercial de Panamá o en cualquiera otra dependencia autorizada para estos fines por la Autoridad Marítima de Panamá, en el exterior o por medios electrónicos que esta Autoridad apruebe, podrá ser realizada por su propietario o su representante).
  • Original o copia certificada del documento que dé fe del título de propiedad sobre la nave, el cual si se emite en el extranjero deber ser presentado debidamente autenticado.
  • Original o copia auténtica del certificado de construcción o de cancelación del registro anterior, debidamente autenticado.
  • Cualquier otro documento que la Dirección General de Marina Mercante solicite.

Base legal

Ley 57 de 6 de agosto de 2008, General de Marina Mercante.

Localización

Dirección

Av. Omar Torrijos Herrera, Calle Paseo Andrews, Edificio PanCanal Plaza, Albrook, Ciudad de Panamá.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:53 pm.

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