Requisitos
Básicos
- PARA LA INSTALACIÓN:
- Presentar memorial dirigido al señor Alcalde, solicitando la autorización para la instalación y operación de la actividad respectiva..
- Visto Bueno de la Junta Comunal respectiva, en el que se indique su anuencia en relación, a la naturaleza de la actividad a desarrollar en el taller, cuya autorización se solicita.
- Resolución del Ministerio de Vivienda, que acredite la autorización de uso de suelo para la actividad a desarrollar en el taller, cuya autorización se solicita.
- Planos y detalles de los diseños de la infraestructura a instalar.
- en los que se prevean controles de ruido, de olores penetrantes, de esparcimiento de polvo, de humo y la acumulación de residuos y materiales, efectos éstos que se producen con la actividad a desarrollar..
- Paz y Salvo Municipal vigente del solicitante.
- Fotocopia de cédula del solicitante.
- Si el solicitante es una persona jurídica debe presentar certificación del Registro Público, donde consten los datos de inscripción de la Sociedad así como quiénes son sus dignatarios.
- Inspección Sanitaria realizada por el Ministerio de Salud.
- Admitida la documentación antes señalada, se ordenará una inspección a la Dirección de Obras y Construcciones Municipales, la que opinará técnicamente sobre la viabilidad o no de la actividad a desarrollar.
- PARA OPERAR:
-
Resolución expedida por el Alcalde, en la que se indica el lugar donde se instalará y operará el taller; así
como la actividad o actividades a desarrollar, el área de ocupación, zonificación vigente y el corregimiento respectivo. Se entregará copia de la resolución al interesado a fin de que proceda al registro respectivo en el Ministerio de Comercio e Industrias. La que será remitida a la Dirección de Administración Tributaria de la Tesorería Municipal para la respectiva fijación del impuesto. - Verificar la fijación del impuesto municipal respectivo, ante la Dirección de Administración Tributaria de la Tesorería Municipal.
- Estar Paz y Salvo con el Fisco Municipal.
Observaciones
Le recomendamos leer en su totalidad los decretos arriba indicados para que tengan completo conocimiento de sus derechos y obligaciones.
Base legal
FUNDAMENTO DE DERECHO: Acuerdo 19 de 10 de mayo de 1977, modificado por el Acuerdo No. 73 de 28 de mayo de 2002, Decreto No. 172 de 1 de marzo de 1991 y Decreto No. 220 de 15 de junio de 1998.
Localización
- Institución: Municipio de Panamá
- Departamento: Dirección de Legal y Justicia
Dirección
Dirección de Legal y Justicia.
Edificio Hatillo, entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:53 pm.
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