Resoluciones para la Incorporación al Régimen de Propiedad Horizontal

Es el servicio por medio del cual se verifican los documentos y aspectos legales a fin de incorporar un inmueble al régimen de propiedad horizontal.

Requisitos

Persona Jurídica

  • Declaración Jurada y Poder.
    • Declaración Jurada del Tesorero de la sociedad solicitante, que contenga un listado con el nombre y cédula de las personas naturales que controlan el (100%) de las acciones o cuotas de participación al momento de la solicitud.
      Poder para los trámites pertinentes ante ASEP, copia de la cédula del Represntante Legal, certificado de Registro Público original donde conste la existencia de la sociedad.

Básicos

  • Poder y solicitud a través de memorial dirigida al Señor Ministro.
  • Reglamento de Copropiedad.
  • Planos Originales del inmueble.
    • A incorporarse aprobados por las autoridades competentes.
  • Se debe presentar informe técnico de un Ingeniero Civil confirmando que el inmueble se encuentra en buenas condiciones de habitabilidad con aprobación de no menos de 51% de sus ocupantes.
  • Informe técnico firmado por un Ingeniero Civil en donde conste que el edificio se encuentra en buenas condiciones de habitabilidad memorial en papel habilitado suscrito no por menos de 75% de los ocupantes del inmueble aceptando la compra de su respecti.
  • Entregar el permiso de ocupación expedido por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales o por la autoridad Municipal competente.
  • Carta bancaria del acreedor hipotecario.
  • Recibo de pago al impuesto municipal de construcción.
    • Donde conste el valor de la edificación.
  • Certificación al Registro Público en donde se indique la inscripción del inmueble.
  • LLevar recibo de caja que expide esta institución donde consta el pago de los servicios de tramitación de la solicitud.

Observaciones

Tiempo aproximado del trámite es de 30 días hábiles .

Localización

Dirección

Dirección General de Desarrollo Urbano Ave. Ricardo J. Alfaro, Edificio Plaza Edison, Cuarto piso.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:53 pm.

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