Solicitud de Cesiones de Crédito

Requisitos

Básicos

  • Original y dos (2) copias o copias del memorial en papel simple 8½x13 pulgadas habilitado con cuatro balboas (b/.4.00) en timbres fiscales dirigido al Director General de la CSS; la firma del cedente y del cesionario, autenticadas ante un notario público.
    • El memorial deberá ajustarse al modelo (véase publicación en la página Web de la Caja de Seguro Social) y debe contener los siguientes aspectos:
      Solicitud de una cesión de crédito.
      Monto del crédito expresado en número y letras.
      Aceptación expresa por parte del Cesionario de la cesión de crédito (mediante la firma del Memorial).
      Firmas del Cedente, Cesionario o persona autorizada.
      Número de teléfono en donde puedan ser localizados el cedente, cesionario y los suscriptores de la solicitud (representante legal o apoderado general o especial).
      Dirección domiciliaria del cedente, cesionario y los suscriptores de la solicitud (representante legal o apoderado general o especial).
      Número de calle.
      Número de la casa o apartamento.
      Nombre del edificio (si fuera el caso)..
  • Copia autenticada por un Notario Público del poder general o especial, en caso que el firmante o suscriptor de la solicitud de cesión sea un apoderado general o especial.
  • Copia de la cédula de identidad personal del representante legal, apoderado general o especial, del cedente y cesionario si es persona jurídica; fotocopia de la cédula del dueño del negocio cuando se trata de una persona natural.
    • En caso que el representante legal, apoderado general o especial sea extranjero deberá presentar fotocopia del pasaporte autenticada en Notaría Pública.
  • Copia autenticada por el Secretario General de la Caja de Seguro Social, de la Orden de Compra o del Contrato.
  • Copia amarilla de la cuenta comprobante de pago (si la orden de compra o contrato no ha vencido, no se exigirá la presentación de este documento).
  • Copia autenticada por el Secretario General de la Caja de Seguro Social, del Informe de Recepción (si la orden de compra o contrato no ha vencido, no se exigirá la presentación de este documento.
  • Autorización de la cesión de crédito.
    • Autorización de la cesión de crédito por parte de la Compañía Aseguradora o Entidad garante de la Orden de Compra o Contrato. Esta autorización deberá estar suscrita por el Representante Legal de la Garante, acompañada del Certificado de Registro Público donde conste la facultad del firmante, o en su defecto, podrá estar suscrita por un apoderado general o especial, en cuyo caso deberá presentarse el documento que compruebe el poder de que se trate.
  • Original del Paz y Salvo de la Caja de Seguro Social y del Tesoro Nacional vigente, del cedente y del cesionario, o certificación de empleadores no inscritos.
  • Certificado del Registro Público.
    • Certificado del Registro Público del cedente y cesionario donde conste la existencia, vigencia, datos de inscripción, representación legal, apoderado general o especial (si lo hay) si este es quien suscribe el Memorial de la solicitud de cesión de crédito y el poder se encuentre inscrito en el Registro Público (sólo para personas jurídicas). Esta certificación debe tener adherido los timbres fiscales correspondientes o estar acompañada del recibo de pago que compruebe la cancelación de la certificación.
  • Copia autenticada por el Departamento de Comercio Interior del Ministerio de Comercio e Industrias, de la Licencia o Registro Comercial.
  • Para las cesiones a favor del Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros, deberá adjuntarse la Resolución de delegación del Banco respectivo para el funcionario que firma conjuntamente con el cedente, la solicitud de cesión de crédito.
  • Cancelar la suma correspondiente por el trámite de la cesión de crédito, según lo establecido en la Resolución No.39,041-2006-J.D. de 7 de septiembre de 2006: 2% hasta B/.14,999.99 B/.300.00 de B/.15,000.00 en adelante.

Localización

Dirección

Agencias Administrativas de la Caja de Seguro Social a nivel nacional.Teléfono:Centro de Contactos: 800-0277

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Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:56 pm.

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