Documento oficial análogo a la licencia zoosanitaria de importación, aplicado a mercancía en tránsito por el territorio nacional. La Dirección de Sanidad Vegetal, para prevenir la introducción de plagas de las plantas, establecerá cuarentena vegetal a las plantas, productos y sus productos vegetales que ingresen al país. De acuerdo con el análisis de riesgo de plagas, las plantas, los productos vegetales e Insumos Fitosanitarios que estén siendo importados al país, previamente a la liberación del embarque, deberán ser inspeccionados por inspectores autorizados por la Dirección Nacional de Cuarentena Agropecuaria, de acuerdo con las Normas Fitosanitarias vigentes. Practicada la inspección y la revisión de la documentación que ampara la importación, según lo establecido en los reglamentos, la autoridad Fitosanitaria podrá ordenar medidas técnicas tales como muestreo, análisis de laboratorio, retención, tratamiento, aislamiento, cuarentena postentrada, libertad de ingreso, rechazo de entrada, reexportación, decomiso, destrucción, liberación al ambiente y supervisión. En los casos en que sea necesaria la aplicación de medidas técnicas, tales como aplicación de tratamientos, aislamiento, reexportación, destrucción o cualquier otra según lo establecido en el Artículo 11 de esta Ley, los gastos correrán por cuenta del importador. Las inspecciones podrán ser realizadas en cualquier predio. La Dirección Nacional de Cuarentena Agropecuaria efectuará las presentes inspecciones y medidas técnicas.
Requisitos
General
- Formulario de Licencia Fitozoosanitaria de Tránsito Animal o Vegetal.
- El formulario se puede obtener ingresando al sistema enhttp://168.77.213.96/LicExport/formularios/login.aspx , oretirando el documento en las oficinas y realizando el pago en el banco nacional.
Observaciones
Puede ingresar sus trámites las 24 horas del día.
Base legal
LEY N° 23 (De 15 de julio de 1997) “POR LA CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO DE MARRAKECH, CONSTITUTIVO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO; PROTOCOLO DE ADHESION DE PANAMA A DICHO ACUERDO JUNTO CON SUS ANEXOS Y LISTA DE COMPROMISOS; SE ADECUA LA LEGISLACIÓN INTERNA A LA NORMATIVA INTERNACIONAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” Ley 47 de 9 julio de 1996
Localización
- Institución: Ministerio de Desarrollo Agropecuario
- Departamento: Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria
Dirección
A nivel nacional, para retirar en la oficina de la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria mas cercana a su localidad.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:56 pm.
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