Solicitud de Permisos Temporales por Políticas Especiales en Calidad de Personal Contratado en Puesto de Confianza, Ejecutivos, Expertos Y/O Técnicos en Empresas dentro de Zonas Procesadoras para la Exportación

Podrá solicitar este permiso el extranjero contratado en calidad de personal de confianza, ejecutivo, experto y/o técnico en empresas autorizadas como Promotora u Operadora de Zonas Procesadoras para la Exportación o por empresas establecidas dentro de las Zonas. Se regirán por lo dispuesto en la Ley 25 de 1992.

Requisitos

Básicos

  • Artículo 144. Podrá solicitar permiso de personal contratado como ejecutivo de compañía internacional, cuyas funciones surten efectos en el extranjero, el extranjero que ingresa al territorio nacional temporalmente como ejecuti.
  • Artículo 145. Si el extranjero a quien se le concede este permiso llegase a representar a la empresa extranjera para actividades locales se le cancelará el mismo. Sin embargo, se le permite invertir a título personal en el país.
  • Artículo 146. Para solicitar permiso de personal contratado como ejecutivo de compañía internacional, cuyas funciones surten efectos en el extranjero, el solicitante deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo.
  • Artículo 147. Para solicitar prórroga, el solicitante deberá aportar los requisitos mencionados en los numerales descritos en el artículo anterior.
  • Parágrafo: En la primera solicitud la carta de responsabilidad descrita en el numeral 3 deberá ser emitida por la casa matriz y en la prorroga será por la filial inscrita en la República de Panamá.

Observaciones

Fundamento Legal. Artículo 18, 28, 30 del Decreto Ley 3, Ley 25 de 1992, Artículo 136 al 139, 241 al 248 del Decreto Ejecutivo.

Localización

Dirección

Vía Ricardo J. Alfaro, Tumba Muerto, al lado de 3M.

Teléfono/s:
+(507) 507-1800

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:57 pm.

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