La Oficina del Registro del Derecho de Autor y Derechos Conexos, adscrita a la Dirección General de Derecho de Autor, es la encargada de tramitar las solicitudes de inscripción de las obras protegidas, dando fe de la existencia de la obra y del hecho de su divulgación y publicación, y su finalidad es concederle a los titulares del derecho de autor y derechos conexos un medio de prueba y de publicidad a sus derechos.
Requisitos
Persona Natural
- Presentar cédula de identidad personal.
- Presentar cédula de identidad personal y presentar también una copia.
- Formulario de Registro de Obras Audiovisuales.
- Formulario de Registro de Obras Audiovisuales (habilitado con B/.4.00 en timbres)
debidamente llenado y firmado por el autor o el titular de derechos, a título
personal o mediante abogado. En este último caso, el Poder deberá presentado
personalmente por el poderdante o estar debidamente notariada la firma del
mismo. - Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor.
- Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor, deberá
mencionarse su nombre o razón social, según el caso, aportando el documento
mediante el cual adquirió tales derechos (artículo 48 del Decreto 261 de 1995). - Aportar un (1) juego de fotografías que permitan identificar las principales escenas.
- Aportar un (1) juego de fotografías que permitan identificar las principales escenas,
o un (1) juego de reproducciones sonoras de la fijación o, de preferirlo el solicitante,
dos (2) soportes físicos que contenga la fijación de las imágenes en movimientos. - Costo del trámite B/.5.00.
- Otros costos.
- Al momento de la notificación de la resolución que otorga el registro, deberán
aportarse B/.2.00 en timbres para la resolución y B/.4.00 en timbres para la
certificación que se expide. - INSTRUCCIONES PARA LA SOLICITUD DE REGISTRO DE OBRAS AUDIOVISUALES ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DERECHO DE AUTOR.
- Observaciones adicionales.
- − En el caso de extranjero, deberá presentar su pasaporte y una copia del mismo.
− En el caso de menores de edad, la solicitud deberá ser firmada por el padre
responsable, adjuntando el certificado de nacimiento de menor.− En el caso de difuntos, la solicitud deberá ser firmada por el hijo(a)/esposo(a),
adjuntando el certificado de defunción, nacimiento o matrimonio, según
corresponda.− Los ejemplares deberán entregarse en condiciones adecuadas para su conservación
y preservación.− Toda gestión a través de pasantes, deberá ser autorizada por el abogado.
− El formulario de inscripción de obras deberá ser llenado e impreso en páginas
blancas, tamaño legal, para lo cual se recomienda configurar la impresora en el
tamaño requerido.
Persona Jurídica
- Poder otorgado a abogado, presentado personalmente por el poderdante o estar debidamente notariada la firma del mismo.
- Poder otorgado a abogado, presentado personalmente por el poderdante o estar
debidamente notariada la firma del mismo. - Formulario de Registro de Obras Audiovisuales.
- Formulario de Registro de Obras Audiovisuales firmado por el Apoderado
(habilitado con B/.4.00 en timbres). - Adjuntar el certificado de Registro Público vigente y original, en donde conste la existencia y representación legal.
- Adjuntar el certificado de Registro Público vigente y original, en donde conste la
existencia y representación legal. - Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor.
- Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor, deberá
mencionarse su nombre o razón social, según el caso, aportando el documento
mediante el cual adquirió tales derechos (artículo 48 del Decreto 261 de 1995). - Aportar un (1) juego de fotografías que permitan identificar las principales escenas.
- Aportar un (1) juego de fotografías que permitan identificar las principales escenas,
o un (1) juego de reproducciones sonoras de la fijación o, de preferirlo el solicitante,
dos (2) soportes físicos que contenga la fijación de las imágenes en movimientos. - Costo del trámite B/.10.00.
- Otros costos.
- Al momento de la notificación de la resolución que otorga el registro, deberán
aportarse B/.2.00 en timbres para la resolución y B/.4.00 en timbres para la
certificación que se expide. - INSTRUCCIONES PARA LA SOLICITUD DE REGISTRO DE OBRAS AUDIOVISUALES ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DERECHO DE AUTOR.
- Observaciones adicionales.
- − En el caso de extranjero, deberá presentar su pasaporte y una copia del mismo.
− En el caso de menores de edad, la solicitud deberá ser firmada por el padre
responsable, adjuntando el certificado de nacimiento de menor.− En el caso de difuntos, la solicitud deberá ser firmada por el hijo(a)/esposo(a),
adjuntando el certificado de defunción, nacimiento o matrimonio, según
corresponda.− Los ejemplares deberán entregarse en condiciones adecuadas para su conservación
y preservación.− Toda gestión a través de pasantes, deberá ser autorizada por el abogado.
− El formulario de inscripción de obras deberá ser llenado e impreso en páginas
blancas, tamaño legal, para lo cual se recomienda configurar la impresora en el
tamaño requerido.
Base legal
− Ley 15 de 8 de agosto de 1994 sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos (Gaceta Oficial 22,598) − Decreto 261 de 3 de octubre de 1995 (Gaceta Oficial 22,907) − Ley 10 de 22 de febrero de 2011 (Gaceta Oficial 26,734-A) − Resuelto 962 de 28 de mayo de 2008 (Gaceta Oficial 26,103)
Localización
- Institución: Ministerio de Comercio e Industrias
- Departamento: Dirección General de Derecho de Autor
Dirección
Plaza Edison, Sector El Paical, Pisos 2 y 3. Dirección General de Derecho de Autor.
Ver ubicación en el mapa.
Teléfonos
- 560-0600
- 560-0700
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:58 pm.
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