Subrogación de Contratos de Arrendamientos

Este servicio consiste en la subrogación en todos los derechos y obligaciones que se hace al cónyuge, hijos o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad que habiten con el arrendatario, en caso de muerte de este o cuando por causa justificada este se mude del inmueble, sin necesidad de celebrar un nuevo contrato de arrendamiento

Requisitos

Básicos

  • Documento que certifique la dependencia del solicitante (Constancia de parentesco, Constancia de matrimonio o Certificado de nacimiento).
  • Copia del contrato de arrendamiento.
  • Poder Legal.
    • Este poder legal es realizado por un abogado.
  • Cualquiera otra prueba.
  • Pruebas de que la persona habita en el inmueble.

Localización

Dirección

Bethania, Vía Ricardo J. Alfaro (Tumba Muerto), Edificio Plaza Edison, Piso 4.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:59 pm.

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