Trámite de Demolición y Nuevas Mejoras

Avalúo de Demolición es la Declaración que hace el contribuyente a fin de que la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI) reconozca la demolición total o parcial, así como la construcción de nuevas mejoras sobre los terrenos, mediante una inspección al área solicitada.

Requisitos

Persona Jurídica

  • Poder especial otorgado a un Abogado o firma de Abogado.
    • Si el poder es presentado personalmente por el poderdante en el Centro de Atención al Usuario o en la Oficina Regional respectiva, no requiere autenticación ante Notario Público, de lo contrario, deberá estar notariado.
  • Certificado del Registro Público, vigente.
    • Certificación original de la existencia y vigencia de la persona jurídica expedida por el Registro Público, donde conste presidente, directores, dignatarios, representante legal y duración. Dicha certificación debe estar dentro de la vigencia de 90 días.
  • Fiel copia secretarial del Acta de Junta Directiva de la persona jurídica o poder general de administración autorizando al representante legal y otra persona para realizar la tramitación.
  • Fotocopia de cédula de identidad personal vigente del representante legal de la persona jurídica o de la persona designada.

Persona Natural

  • Presentar memorial de solicitud en el Centro de Atención al Usuario personalmente.
    • En el memorial que se presente debe constar el nombre del solicitante, generales, ubicación, descripción exacta del área solicitada (superficie, medidas, linderos) y uso dado (residencial, habitacional, turístico, agropecuario, comercial o productivo).
      También tendrá la opción de presentarlo a través de un abogado. En este caso, la firma del peticionario debe constar en el poder, debidamente autenticada por Notario Público, excepto que sea presentado personalmente por el poderdante.
  • Fotocopia de Cédula del solicitante Vigente.
  • Ser representado a través de abogado y su rúbrica deberá estar autenticada por Notario Público.

Básicos

  • Solicitud dirigida a la ANATI.
    • Solicitud dirigida a la ANATI, en papel Bond blanco 8 1/2 x 13 o x 14, a doble espacio, en el que conste el nombre del solicitante, sus generales, descripción exacta de lo solicitado y ubicación.
  • Copia de Plano de las demoliciones y/o de las nuevas mejoras.
    • Copia del plano de las demoliciones y/ode las nuevas mejoras debidamente aprobado por las autoridades respectivas y croquis de la ubicación exacta de la propiedad.
  • Descripción de la Demolición y/o nuevas mejoras por persona idónea.
    • Debe señalar el porcentaje (____%) proporcional correspondiente a cada una, según sea el caso, y a los rangos establecidos en la tabla vigente reglamentada por la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales.
  • Valor Monetario asignado a las mejoras que se demuelen o que se han construido.
  • Adjuntar Copia de los Siguientes Documentos.
    • Copia de:

      Escritura Pública en que conste el título de propiedad.

      Permiso de Demolición de la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bombero.

      Permiso de Obras y Construcciones expedido por la Dirección de Ingeniería de Municipio respectivo.

      Documento referente al uso o destino, para el caso de nuevas mejoras.

  • Fotos Demostrativas de las áreas objeto de demolición y/o mejoras nuevas existentes.
    • Debe apreciarse en las fotos las condiciones previas y posteriores de los trabajos en mención.
  • Copia del recibo de pago oficial en concepto de inspección ocular conforme a la tarifa vigente (B/.100.00).
  • Certificado de la Sociedad y la Finca emitido por el Registro Público (si existe gravamen aportar consentimiento del titular del gravamen).

Observaciones

Compete a la Dirección Nacional de Información Catastral y Avalúo administrar estos expedientes. Dentro de esta corresponde al Departamento de Análisis y Avalúos, a la oficina legal, al despacho del Director Nacional y al Departamento de Conservación Catastral. Costos: Los Costos de estos trámites se limitan a los servicios de inspección, cuyo costo es de B/. 100.00. En tal sentido el beneficiario no tiene que brindar ningún tipo de remuneración o efectuar ningún pago a funcionario por los trámites, pues ello constituiría forma de corrupción de servidor público.

Base legal

Resolución N° 210 de 6 abril de 2005, del Ministro de Economía y Finanzas, "Por la cual se Reglamentan las Declaraciones de Demolición y/o Nuevas Mejoras".

Localización

Dirección

P.H. Dorado Mall, Piso 2, El Dorado, Panamá.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 08:09 pm.

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