Visa de Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional

El personal extranjero y de sus dependientes gestionarán, a través de la Secretaria Técnica, la Visa de Personal Permanente de Sedes de Empresa Multinacional o de Dependiente de Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional. La documentación referente a este tipo de visa, deberá ser presentada ante la Secretaria Técnica, quien será la encargada de verificar su contenido, para luego remitirla al Servicio Nacional de Migración.

Requisitos

Empresas

  • Poder y solicitud.
  • Tres fotografías tamaño carnet del solicitante. (No fotocopia).
  • Copia de pasaporte debidamente cotejado por un Notario Público panameño, o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país o de autoridad correspondiente en el lugar de emisión.
  • Certificado de Antecedentes Penales del solicitante del país de origen o de residencia. En aquellos países donde no se expida este documento, el interesado deberá aportar una certificación de un agente diplomático o consular de su país de origen acredi.
  • Certificado de Salud expedido por un médico idóneo en la República de Panamá, dicho certificado no debe tener más de tres (3) meses de vigencia al presentar la solicitud.
  • Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales del solicitante, la cual será suministrada por el Servicio Nacional de Migración.
  • Carta de trabajo y responsabilidad de la empresa SEM firmada por el representante legal o persona facultada para tal efecto.
    • Esta carta tiene que mencionar los siguientes detalles:

      I. Nombre del empleado y sus generales.

      II. Puesto o cargo que se le designó. (en idioma español)

      III. Tiempo por la cual fue contratado.

      IV. Funciones que va a realizar.

      V. Salario.

      VI. Fuente donde proviene su salario, sea local o extranjera.

      VII. Señalar el seguro a que pertenecerá el personal y
      dependientes.

      VIII. La empresa haciéndose responsable de la repatriación en
      caso de ser necesario.

  • Certificación de póliza de seguro médico, colectivo o individual.
  • Certificación expedida por la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de Sede de Empresas Multinacionales.
    • Certificación expedida por la Secretaría Técnica de la Comisión de
      Licencias de Sede de Empresas Multinacionales, en la cual se acredite:

      a. Que el solicitante ha presentado constancia de seguro médico
      individual o colectivo.

      b. Que la empresa se encuentra autorizada bajo el régimen especial
      establecido en la Ley 41 de 2007..

  • Observaciones adicionales.
    • 1) La solicitud y documentación adjunta debe ser presentada en
      original y un (1) juego de copia.

      2) Las hojas timbradas deben ser en tamaño 8 ½ x 13.

      3) Todos documento procedente del extranjero debe presentarse
      debidamente apostillados o autenticados.

      4) Toda documentación en un idioma distinto al español debe ser
      traducido por un Traductor Público Autorizado con referencia a la
      Resolución que lo autoriza como traductor en la República de
      Panamá.

      5) Si hace referencia a moneda extranjera deberá presentarse la
      conversión donde se detalle su equivalente en dólares, emitida por
      el Banco Nacional de Panamá.

      6) Los pasaportes deberán tener una vigencia mínima de tres (3)
      meses.

      7) Todas las solicitudes de visas, renuncias y desistimientos de Visas
      SEM, deben ser presentadas en la Dirección General de Sedes de
      Empresas Multinacionales del Ministerio de Comercio e Industrias,
      ubicada en Plaza Edison, Sector El Paical, Pisos 3, en el horario lunes
      a viernes, de 9:00 a.m. a 4:00 p.m.

      8) El término de tramitación de dicha solicitud, no será mayor a 5 días
      hábiles contados a partir de la recepción de la documentación.

      9) Las renuncias y desistimientos de otros tipos de visas deben ser
      presentadas previamente a la solicitud de la Visa SEM, en las
      Oficinas del Servicio Nacional de Migración, ubicadas en la Ave.
      Ricardo J. Alfaro.

Base legal

La ley 41 de 24 de agosto de 2007, Decreto Ejecutivo No.320 de 8 agosto de 2008 modificado por el Decreto Ejecutivo No. 26 del 2 de marzo de 2009, Decreto Ejecutivo No. 28 de 27 de marzo de 2009, Decreto Ejecutivo No. 96 del 27 de julio de 2009, Decreto Ejecutivo 291 de 27 de julio de 2009.

Localización

Dirección

Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, 2do. Piso

Apartado Postal: 9658 Zona 4, Panamá.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 08:09 pm.

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