Los asegurados que se pensionen por invalidez y los pensionados por vejez, una vez hayan alcanzado o superado la edad de referencia para la Pensión de retiro por vejez, tendrán derecho a recibir mensualmente y en adición a su pensión: • Veinte balboas (B/. 20.00) si el pensionado tiene cónyuge o si el cónyuge de la beneficiaria de la pensión es inválido. También tendrá derecho a esta prestación, el pensionado cuya compañera conviva con él en unión libre, a condición de que no haya existido impedimento legal para contraer matrimonio y de que la vida en común se haya iniciado por lo menos cinco años antes del otorgamiento de la pensión. • Diez balboas (B/. 10.00) por cada hijo menor de catorce años o menor de dieciocho si es estudiante, o de cualquier edad si es inválido que depende económicamente del beneficiario. En ningún caso, el total pagado en concepto de asignación familiar podrá exceder la suma de (B/.100.00).
Requisitos
Esposas e hijos menores de 18 años
- Original y Copia de cédula, carné y talonario vigente del Asegurado.
- Certificado de Matrimonio actualizado, que no pase de los seis (6) meses de haber sido expedido anterior a la solicitud.
- Cédula del esposo(a) vigente.
- Original de certificado de nacimiento de hijos menores de edad o mayor de edad si son inválidos.
- Certificación escolar (hijos de 14 años hasta 18 años).
Compañera
- Original y copia de la cédula, carné y talonario vigente del Asegurado.
- Tres (3) Declaración de Extra-juicio (expedido por Corregiduría o Juzgado Municipal o de Circuito). Contener los años de unión con vigencia a seis (6) meses.
- Original y copia de cédula vigente de la compañera.
- Certificado de soltería de ambos, que no pase de 60 días de haber sido expedido (2 meses). Con vigencia a seis (6) meses.
- Original de certificado de nacimiento de hijos menores de edad o mayor de edad si son inválidos.
Básicos
- Llenar la solicitud en presencia del Funcionario de la CSS.
- Solicitar formulario en la agencia administrativa más cercana y si está en el extranjero a través de correo electrónico o nota.
- Entrega de formulario debidamente lleno sin tachones, borrones o uso del líquido corrector.
Hijos menores de 14 años y hasta 18 si son estudiantes de colegio oficial reconocido por el estado.
- Llenar la solicitud.
- Original y copia de la cédula, carné y talonario vigente del Asegurado.
- Certificado de nacimiento de los menores o hijo (a) inválido (a).
- Todo menor que tenga de 14 años, hasta los 18 años deberá adjuntar certificado escolar.
Observaciones
El solicitante puede solicitar su carné en cualquiera de las Agencias Administrativas de la Caja de Seguro Social. En caso de no tener cédula de identidad panameña debe presentar copia del pasaporte actualizado y generales de migración, si estuvo en Panamá. De no haber entrado al país, deberá adjuntar certificado de nacimiento del país de origen traducido al español por un intérprete autorizado, si se encuentra en otro idioma. Estos documentos deben ser autorizados por el consulado de Panamá en el país donde reside y por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Panamá o por medio del convenio de la Haya.
Localización
- Institución: Caja de Seguro Social
- Departamento: Trámites para Asegurados
Dirección
Transístmica.Edificio Los Mosqueteros, Departamento de Trámites a Jubilados y Pensionados.
Agencia en el interior de la República, según corresponde, de acuerdo a la ubicación geográfica en que opere.
Teléfono:
Centro de Contacto: 800-0277.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:14 pm.
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