Matrimonios celebrados en el extranjero y que no se encuentren inscritos en la República de Panamá, deben ser acreditados mediante certificación expedida en el país donde se celebró autenticada según lo que establece el Convenio de Apostilla. En caso de que el país no sea signatario del convenio la Certificación debe ser autenticada por el funcionario Diplomático o consular de Panamá en ese país y a falta de ellos, por el representante Diplomático o consular de una Nación Amiga.
Requisitos
Esposas
- Encontrarse legalmente unido en matrimonio con el cotizante o asegurado.
- La esposa, deberá depender económicamente al asegurado si la misma no cotiza en la Caja de Seguro Social.
- Carné de Seguro Social del Esposo.
- Cédula de Identidad Personal original de ambos.
- Certificado de matrimonio expedido por el Registros Civil, con fecha de vigencia, no mayor de seis meses.
- Declaración Jurada expedida por el esposo convive y depende económicamente de él.
Localización
- Institución: Caja de Seguro Social
- Departamento: Trámites para Asegurados
Dirección
Edificio Bolívar, puerta 108, planta baja, Departamento de Afiliación.
Agencia en la Ciudad Capital oen el interior de la República, según corresponde, de acuerdo a la ubicación geográfica en que opere.
Teléfono:
Centro de Contactos: 800-0277.
Departamento de Afiliación: 503-2095.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:13 pm.
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