Auxilio de Funeral

La Caja de Seguro Social reconocerá un auxilio de funeral para ayudar a los gastos que origina la muerte de un asegurado activo, pensionado o jubilado siempre y cuando la muerte no sea producto de un Riesgo Profesional. La suma establecida en la actualidad es de B/. 300.00 y se pagará a quien compruebe haber efectuado el gasto.

Requisitos

Defunción en el Extranjero

  • Solicitud de Pago de Auxilio de Funeral.
  • Certificado de defunción o acta de defunción del país donde falleció, debidamente legalizado y autenticado.
  • Documentación Apostillado.
    • En caso de asegurados extranjeros fallecidos en el exterior, la documentación señalada en la página anterior deberá estar refrendada de acuerdo a lo establecido en el Convenio de Apostilla o estar firmada y sellada por el Cónsul del país donde falleció y certificada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
  • En aquellos casos donde los documentos estén en otro idioma, éstos deben ser traducidos al español por un traductor público autorizado.
  • Si la persona fallecida en el extranjero es panameña, deberá llevar los documentos arriba citados y solicitar al Registro Civil panameño un certificado de defunción.

Básicos

  • Solicitud de Auxilio de Funeral debidamente llenada, sin borrones ni tachones.
  • Certificado de defunción original expedido por el Registro Civil.
  • Si el certificado de defunción es emitido por el Hospital deberá aportar la certificación de defunción del registro civil.
  • En el caso de extranjeros fallecidos en el exterior, certificado de defunción y factura del país donde falleció con los sellos del consulado.
  • Factura Fiscal original y copia a nombre de quien sufragó el gasto. En caso de fallecimiento en áreas calificadas como «zonas apartadas» de la República de Panamá, se aceptará como factura el recibo original de pago.
  • Autorización del Familiar o doliente.
  • Original y copia de la cédula del solicitante que compruebe haber efectuado el gasto.
  • Original y copia de Cédula de Identidad Personal del fallecido.

Observaciones

  • El requisito para tener derecho a este auxilio, es que el causante tenga seis (6) o más cuotas mensuales en los doce (12) meses anteriores al fallecimiento.
  • Tomar en cuenta que el derecho prescribe a los tres (3) años las acciones para reclamar la suma que la Caja de Seguro Social otorga en concepto de funeral. Este término empezará a contarse a partir del día en que se produjo la defunción.

Base legal

Artículo 187 de la Ley 51 de 27 de diciembre del 2005.

Localización

Dirección

Transístmica. Edificio Los Mosqueteros, Departamento de Trámites a Jubilados y Pensionados.

Agencia en el interior de la República, según corresponde, de acuerdo a la ubicación geográfica en que opere.

Teléfono:

Centro de Contactos: 800-0277.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:17 pm.

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